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Datos registrales otorgados por la PROFECO: 280-2019 de fecha 28 de agosto de 2019

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MOVILES EN MODALIDAD POSPAGO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA EMPRESA PEGASO PCS, S.A. DE C.V. (“MOVISTAR”) Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYOS DATOS SE ESTABLECEN EN LA CARÁTULA (“EL SUSCRIPTOR”), CONFORME A LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:

PRIMERA. DEFINICIONES

Para efectos del presente Contrato la razón social, domicilio, datos de localización y Registro Federal de Contribuyentes de MOVISTAR y del SUSCRIPTOR se encuentran establecidos en la Carátula.

Los términos aquí establecidos serán utilizados conforme a las siguientes definiciones:

Activación: Es el proceso mediante el cual el CHIP Movistar queda listo para utilizar los servicios contratados a Movistar.

Anexo de líneas adicionales: se refiere al documento que forma parte del Contrato y que contiene los datos de líneas adicionales contratadas por el SUSCRIPTOR que por su extensión no quedaron asentados en la Carátula y los cuáles se regirán conforme al presente Contrato.

Carátula: Documento en el que se establecen, entre otros, los Datos Generales del SUSCRIPTOR, de Movistar, Descripción del Plan tarifario Contratado, Tarifas previamente registradas ante el IFT, Modalidad de Contratación, en su caso datos del Equipo Movistar Provisto, Plazo Forzoso, Garantía(s) de Pago, fecha, lugares y métodos de pago, consentimientos de la normatividad vigente aplicable, Página de internet y teléfono para consulta de los procedimientos de cancelación, aclaración, reclamaciones y quejas, Penas convencionales, Servicios Adicionales contratados y número de registro del Contrato ante la PROFECO, así como la página de internet para su consulta.

Carta de los Derechos de los Usuarios: documento emitido por el IFT y la PROFECO, que contiene los derechos mínimos que debe conocer el SUSCRIPTOR, la cual está disponible en los CAC, la página web (www.movistar.com.mx) y será entregada al momento de contratar.

Centro de Atención a Clientes (CAC): Establecimiento propio de Movistar en donde se lleva a cabo la comercialización de los servicios y/o productos que son ofrecidos al público en general. En estos también se brinda atención al Cliente. En caso de requerir información de alguno de los CAC, el SUSCRIPTOR podrá obtenerla llamando al 800-8008366 o *612.

CHIP Movistar: Tarjeta indispensable para recibir el servicio a la cual se le asigna el número móvil que puede ser retirada del Equipo en cualquier momento.

Ciclo de Facturación: Período de utilización de los Servicios Móviles para efectos del cobro que le será asignado al

SUSCRIPTOR al momento de contratar y podrá ser consultado por el SUSCRIPTOR en la Factura.

Cobertura Garantizada: Áreas geográficas del territorio nacional dentro de las cuales Movistar garantiza la calidad de los Servicios conforme a los parámetros establecidos en los Lineamientos de Calidad Móvil. Los mapas están disponibles en los CAC y la página web (www.movistar.com.mx).

Contrato de adhesión: Se integra por la Carátula y el presente clausulado el cual cumple con los requisitos establecidos por la NOM-184-SCFI-2018 y ha sido autorizado por la PROFECO para su utilización.

Equipo Movistar: Equipo terminal Móvil provisto por Movistar al SUSCRIPTOR en modalidad de venta a plazos o de contado para la utilización de los Servicios contratados cuyos datos se detallarán en la Carátula del presente Contrato y que permanecerá bloqueado para su uso en otras redes hasta en tanto el SUSCRIPTOR no liquide anticipadamente su costo total o finalice el plazo forzoso descrito en la Carátula.

Equipo Propiedad del Suscriptor: Equipo terminal móvil propiedad del SUSCRIPTOR que utilice para recibir los Servicios del presente Contrato el cual deberá estar homologado conforme a la normatividad aplicable para poder conectarse a la red de Movistar y hacer uso de los Servicios. Movistar pone a disposición del SUSCRIPTOR información de los Equipos Homologados en la página web www.movistar.com.mx.

Equipo en Préstamo: Equipo terminal móvil propiedad de Movistar que se otorga en préstamo al SUSCRIPTOR cuando el Equipo Movistar que le haya sido provisto se encuentra en servicio técnico por garantía hasta en tanto le sea devuelto el Equipo Movistar.

Factura: Comprobante mensual que cumple con los requisitos fiscales aplicables al momento de su emisión y que incluye el Estado de Cuenta, dicha Factura se entregará gratuitamente en el domicilio del SUSCRIPTOR, con al menos 10 días naturales previos a la Fecha Límite de Pago del Servicio contratado, o en su caso, conforme el medio electrónico elegido por el SUSCRIPTOR y establecido en la Carátula.

Fecha límite de pago: Es la fecha mensual establecida en la Factura que tiene el SUSCRIPTOR para realizar el pago y no caer en morosidad.

Garantía de Pago: Medios establecidos por MOVISTAR para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas por el SUSCRIPTOR, la cual forma parte de los requisitos de contratación.

Garantía de Equipo: Póliza emitida por el Fabricante cuya duración será de al menos 90 días naturales contados a partir de la compra que cubre cualquier desperfecto o falla técnica de fabricación que presente el Equipo Movistar.

GSMA: Sistema Global para las comunicaciones móviles.

IFT: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

LFTyR: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Lineamientos de Calidad Móvil: Lineamientos que fijan los índices y parámetros de calidad vigente a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil emitidos por el IFT y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2018 o aquellos que los sustituyan.

Línea Movistar: Número telefónico móvil que se asigna al SUSCRIPTOR con motivo de la celebración del presente Contrato o que haya sido portado hacia Movistar.

Medios de Atención: Aquellos en los cuales el SUSCRIPTOR podrá realizar contrataciones, aclaraciones, reclamaciones y quejas sin costo alguno, como lo son los CAC, la línea 800-8008366 o *612.

Plan Tarifario: Oferta comercial de Servicios que puede incluir una combinación de servicios de voz y/o SMS y/o datos y/u otros servicios adicionales incluidos por un pago mensual por Servicio, previamente registrada ante el IFT y contratada por el SUSCRIPTOR cuyas características se detallan en la Carátula del presente Contrato y las cuales pueden consultarse en https://ucsweb.ift.org.mx/ift_visor/ o por medio de la página web www.movistar.com.mx.

Plazo Forzoso: Plazo mínimo de contratación al que se compromete el SUSCRIPTOR a cambio de la adquisición de un Equipo Movistar en venta a plazos.

Portabilidad: Derecho que tiene el Suscriptor para utilizar los Servicios del Proveedor de telefonía de su preferencia, conservando su número telefónico. El trámite de portabilidad no tiene costo alguno y podrá realizarse por medios electrónicos.

Profeco: Procuraduría Federal del Consumidor.

Prorrateo: Es el cobro proporcional del cargo mensual por Servicio de los días en que este sea utilizado entre la fecha de activación y el inicio del ciclo de facturación asignado.

Recarga de Saldo: Es el abono de Saldo que realiza el SUSCRIPTOR a su Línea Movistar contratada bajo la Modalidad Control conforme a los montos y vigencias disponibles.

Servicios Adicionales Propios o de Terceros: Aquellos Servicios opcionales que Movistar o un tercero no vinculado a él puede ofrecer al SUSCRIPTOR de manera adicional al Plan Tarifario contratado.

Servicio Móvil: Servicio de telefonía móvil, mensajes de texto y/o datos.

Servicio de “Roaming Internacional”: Servicio que MOVISTAR pone a disposición del SUSCRIPTOR, para continuar utilizando los servicios fuera del territorio nacional, mediante la utilización de la red de un operador en el país de visita con el que Movistar tenga acuerdo. MOVISTAR hará del conocimiento del SUSCRIPTOR cuando su servicio se encuentre en una zona sujeta a la presente definición a través de medios electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. Al usarlo el SUSCRIPTOR asume la obligación de pagar a MOVISTAR los cargos que se generen por este concepto.

SEGUNDA. OBJETO

El presente Contrato tiene por objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales MOVISTAR prestará el Servicio Móvil contratado y el SUSCRIPTOR se obliga a hacer uso de ellos bajo la Modalidad Pospago, es decir, el Servicio se pagará de manera posterior a su utilización.

MOVISTAR prestará el Servicio Móvil contratado, a través de una línea activada en un CHIP Movistar que le será entregado al SUSCRIPTOR al momento de la contratación, a cambio del pago de una renta mensual por servicio acorde con el Plan Tarifario que haya elegido y que será señalado en la Carátula del presente Contrato.

MOVISTAR será el único responsable frente al SUSCRIPTOR por la prestación de los servicios de telecomunicaciones contratados, ya sea al momento de la contratación o en cualquier momento posterior .

MOVISTAR prestará el Servicio Móvil de acuerdo con el Plan Tarifario contratado en condiciones equitativas a todo aquel que lo solicite, sin establecer privilegios o distinciones respecto de otros consumidores en la misma área de cobertura y en las mismas condiciones de contratación.

MOVISTAR iniciará el cobro de los servicios contratados una vez que se dé la Activación del CHIP Movistar y, en su caso, el Equipo Movistar provisto le sea entregados al SUSCRIPTOR.

MOVISTAR tendrá disponibles diversos canales para llevar a cabo la contratación y cancelación de l Servicio Móvil, como los CAC o en el Centro de Atención Telefónica asegurando en todo momento que conforme a la normativa vigente, en cada uno de estos obtenga el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR a través de medios físicos o electrónicos y se le envíe la Carátula debidamente llenada, así como el contenido del presente clausulado y la información de sus Anexos.

TERCERA. GARANTÍA(S) PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO

MOVISTAR podrá solicitar al SUSCRIPTOR el establecimiento de las siguientes Garantías de Pago, tomando en cuenta los resultados del análisis crediticio que realice, la forma de pago elegida por el SUSCRIPTOR y si la contratación es con Plazo Forzoso por haberse provisto un Equipo Movistar, dicha Garantía se ejecutará al tercer mes de adeudo sin pago por parte del SUSCRIPTOR.

  1. Fianza: Es la Garantía de Pago requerida por MOVISTAR al SUSCRIPTOR por cada Línea contratada para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato como pueden ser adeudos relacionados con cargos por el uso del Servicio Móvil, Servicios Adicionales Propios o de Terceros, cargos mensuales por Equipo Movistar y/o penalizaciones correspondientes, entre otros. La Fianza debe estar vigente durante toda la vigencia del Contrato. Por tanto, el SUSCRIPTOR tendrá las siguientes opciones: i) adherirse como afianzado a la Fianza Maestra contratada por MOVISTAR a una Institución de Fianza Autorizada o bien, ii) presentar al momento de la contratación una Póliza de Fianza individual con la Institución Afianzadora de su elección que cumpla con los requisitos que se establecen en el inciso b) siguiente.

    1. Fianza Maestra MOVISTAR: Es el convenio de afianzamiento celebrado entre Movistar y la Institución Afianzadora el cual, le permite la adhesión de sus SUSCRIPTORES a dicha Fianza sin mayores requisitos que el pago de una prima para que permanezca vigente, la cual será facturada por MOVISTAR cada 12 (doce) meses al SUSCRIPTOR debiendo cubrir la primera anualidad al momento de la contratación. Toda vez que la Prima de la Fianza debe ser pagada cada 12 (doce) meses por el SUSCRIPTOR, MOVISTAR notificará a este dentro de la Factura del mes previo al cobro, que este cargo se verá reflejado en el siguiente Ciclo de Facturación.

      MOVISTAR trasladará el monto pagado correspondiente a la(s) prima(s) de las Línea(s) Móvil(es) señaladas en la Carátula del presente Contrato a la Institución Afianzadora junto con la solicitud de adhesión a fin de que le emita al SUSCRIPTOR el certificado de afianzamiento respectivo con vigencia de 12 (doce) meses a partir de la fecha de contratación, el cual le será enviado en un plazo no mayor de 45 días naturales contados a partir de dicha fecha.

      Toda vez que bajo esta figura el SUSCRIPTOR se adhiere a la Fianza Maestra contratada por MOVISTAR, este no podrá cancelarla o darla de baja. Por lo que la baja del SUSCRIPTOR de dicha Fianza sólo podrá ser requerida por MOVISTAR una vez que se cancele el presente contrato y MOVISTAR identifique la no existencia de adeudos para proceder a su ejecución. En caso de que existan primas no devengadas, el SUSCRIPTOR deberá acudir con MOVISTAR para solicitar la devolución correspondiente a través del procedimiento que se encuentra descrito en www.movistar.com.mx.

    2. Fianza contratada por el SUSCRIPTOR en favor de MOVISTAR: Este deberá adquirir una Fianza con la Institución Afianzadora de su preferencia, siempre y cuando cumpla al menos con los siguientes requisitos:

      1. Que la institución afianzadora cuente con la debida autorización de conformidad con la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas vigente;

      2. Contar con registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas;

      3. Que se identifique como beneficiario de esta a MOVISTAR;

      4. Amparar cualquier adeudo por las obligaciones contraídas como son el uso del Servicio Móvil, Servicios Adicionales Propios o de Terceros, cargos mensuales por Equipo Movistar y/o penalizaciones correspondientes o demás relacionados y derivados del presente Contrato .

      5. Tener una vigencia de 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de contratación.

      6. Ejecutable en un primer requerimiento hecho por MOVISTAR a la Afianzadora tras la cancelación por incumplimiento de pago que lleve a cabo MOVISTAR con la emisión de la última Factura que refleje el adeudo total.

        Para este caso, el SUSCRIPTOR se obliga a entregar al momento de la contratación de los Servicios Móviles la póliza de fianza respectiva. Movistar revisará la validez de la Fianza previo a la contratación del Servicio. De igual forma se obliga a renovar la misma por períodos iguales durante todo el tiempo en que haga uso de los Servicios materia del Contrato. El SUSCRIPTOR acepta con la firma de este Contrato que cuando MOVISTAR no reciba la renovación correspondiente 30 días naturales antes del término de su vigencia de la Fianza provista por el SUSCRIPTOR, MOVISTAR lo incorporará a la Fianza Maestra reflejando en la siguiente factura mensual, el cargo por concepto de prima anual por Fianza.

        En caso de que este Contrato se cancelara por adeudos pendientes de pago conforme a la Cláusula Décima Segunda, MOVISTAR procederá a trasladar el derecho de cobro a la Afianzadora respecto de la deuda generada por el SUSCRIPTOR, para que esta ejecute las gestiones de cobranza.

  2. Depósito en Garantía: Cantidad monetaria que MOVISTAR podrá requerir al SUSCRIPTOR al momento de la contratación, de acuerdo con el resultado del análisis crediticio que se le realice, el cual tendrá como finalidad disminuir el riesgo correspondiente a las obligaciones periódicas de pago del Equipo Movistar. En cuanto se cancele el presente Contrato, sin importar la razón, MOVISTAR aplicará el monto de dicho Depósito en Garantía a cualquier adeudo pendiente de cubrir por parte del SUSCRIPTOR. En caso de que no existan adeudos el Depósito en Garantía, le será devuelto al SUSCRIPTOR en un periodo de 5 días hábiles siguientes a la emisión de la última Factura.

MOVISTAR asegura que el monto que requiera como Depósito en Garantía en ningún caso será desproporcionado, inequitativo o abusivo, respecto de las obligaciones de pago que el SUSCRIPTOR adquiera por virtud del presente Contrato.

CUARTA. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

Al momento de contratar los servicios, el SUSCRIPTOR podrá elegir entre adquirir un Equipo Movistar para hacer uso de estos o utilizar el CHIP Movistar que le sea entregado en un Equipo Propiedad del Suscriptor.

Para el caso de que el SUSCRIPTOR contrate los servicios junto con la adquisición a plazos de un Equipo Movistar, el Contrato quedará sujeto a un Plazo Forzoso. El SUSCRIPTOR deberá realizar un pago inicial del costo de dicho Equipo al momento de la contratación, el cual le se determinará en ese momento conforme a los resultados de su análisis crediticio y, el remanente del costo total le será diferido en mensualidades con el concepto de Cargo por Equipo durante el Plazo Forzoso.

El Equipo Movistar que se entrega al SUSCRIPTOR estará bloqueado para ser utilizado únicamente en la red de MOVISTAR. Cuando sea cubierto el costo total del Equipo Movistar, el SUSCRIPTOR podrá solicitar en el CAC, vía electrónica o telefónica su desbloqueo de manera gratuita, y en un plazo máximo de 24 horas en días y horarios hábiles MOVISTAR le otorgará la clave o instrucciones para el desbloqueo correspondiente.

MOVISTAR no se hará responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de los Servicios en caso de que el SUSCRIPTOR optara por utilizar un Equipo Propiedad del Suscriptor, que no cuente con las características técnicas y/o funcionalidades necesarias. Asimismo, el SUSCRIPTOR será responsable de cualquier daño que pudiera ocasionarse a la red de MOVISTAR derivado de su uso, en caso de que este no se encuentre homologado ante el IFT. Movistar informará si el Equipo Propiedad del Suscriptor cumple con las especificaciones técnicas y regulatorias para recibir la prestación del servicio.

QUINTA. PLAN TARIFARIO

Al momento de la contratación el SUSCRIPTOR elegirá el Plan Tarifario de su preferencia, cuyos servicios y tarifas se encuentran detallados en la Carátula y anexos de este Contrato. Dicha oferta comercial constituye los servicios contratados que resultan el mínimo necesario para que el presente Contrato permanezca vigente, por lo que, si el SUSCRIPTOR solicita la cancelación del Plan Tarifario, se entenderá como la cancelación del presente Contrato.

Durante la vigencia del presente Contrato, el SUSCRIPTOR podrá solicitar a MOVISTAR la modificación del Plan Tarifario contratado a uno de mayor o menor costo, la cual se realizará conforme a los siguientes términos:

  • La modificación se hará efectiva al inicio del siguiente Ciclo de Facturación.

  • En caso de solicitar la modificación durante el Plazo Forzoso se podrá ejecutar, siempre y cuando, el SUSCRIPTOR realice previamente el pago del remanente del Costo Total del Equipo Movistar. Una vez liquidado el Equipo Movistar, se aplicará dicha modificación y se tendrá por concluido el Plazo Forzoso.

En caso de Planes Tarifarios en Modalidad Control, el SUSCRIPTOR podrá realizar Recargas de Saldo para poder realizar consumos de excedentes o de Servicios Adicionales Propios o de Terceros.

SEXTA. SERVICIOS ADICIONALES Y SERVICIOS PROVISTOS POR TERCEROS

Durante la vigencia del presente Contrato, MOVISTAR podrá ofrecer Servicios Adicionales Propios o de Terceros a través de cualquiera de los canales disponibles para ello, siempre y cuando sea acordado entre las partes y el SUSCRIPTOR lo solicite o autorice a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.

Los Servicios Adicionales Propios o de Terceros pueden ser de cobro recurrente, lo que significa que una vez contratados, MOVISTAR incluirá en la Factura del SUSCRIPTOR el cargo mensual recurrente respectivo, hasta que este solicite su cancelación, la cual en su caso ejecutará en un plazo de 5 días naturales contados a partir de la solicitud realizando un último cobro proporcional del cargo recurrente mensual por los días del Ciclo de Facturación en que hubiera sido utilizado el servicio.

Asimismo, MOVISTAR cuenta con Servicios Adicionales Propios o de Terceros cuyo cobro sólo se realiza por única ocasión al momento de su contratación, sin que se establezca al SUSCRIPTOR la obligación de pago de un cargo mensual recurrente y sin que se requiera de su cancelación posterior.

MOVISTAR no podrá obligar al SUSCRIPTOR a contratar estos servicios adicionales como condición para la celebración del Contrato o para asegurar la continuidad de la prestación de los Servicios Móviles.

Cuando MOVISTAR ofrezca cualquiera de estos servicios de manera gratuita o como promoción temporal al SUSCRIPTOR, al finalizar el plazo gratuito ofrecido, estos se cancelarán automáticamente salvo que el SUSCRIPTOR haya otorgado su consentimiento expreso de forma previa o posterior a la aplicación de dicha promoción, por cualquier medio físico o electrónico disponible para la aplicación del cargo mensual recurrente correspondiente .

Los términos, condiciones y tarifas correspondientes a los Servicios Adicionales de telecomunicaciones provistos por MOVISTAR, deberán estar previamente registrados ante el IFT.

Para el caso en que se utilicen medios electrónicos o canales no presenciales para la contratación de Servicios Adicionales Propios o de Terceros, MOVISTAR estará obligado a recabar el consentimiento expreso del SUSCRIPTOR a través de cualquier medio telefónico o electrónico disponible, así como a enviar a más tardar en un plazo de 5 días hábiles a través de un medio fehaciente, las características, tarifas y términos y condiciones aplicables al servicio contratado.

MOVISTAR contará con la opción de ofrecer al SUSCRIPTOR cada Servicio Adicional de telecomunicaciones o producto por separado, para cualquier SUSCRIPTOR que así lo solicite; debiendo dar a conocer al SUSCRIPTOR los términos, condiciones y tarifas aplicables a los mismos previo a su contratación.

SÉPTIMA. GARANTÍA DEL EQUIPO MOVISTAR

MOVISTAR está obligado a informar al SUSCRIPTOR al momento de la contratación y adquisición del Equipo Movistar, el período de Garantía que se le otorga sobre el mismo la cual no puede ser inferior a 90 (noventa) días naturales contados a partir de la compra del Equipo Movistar, así como el procedimiento para hacerla efectiva directamente en los CAC, de conformidad con los términos y condiciones contenidos en la Póliza de Garantía otorgada por el fabricante o importador del Equipo Movistar.

MOVISTAR informará al momento de la contratación si la vigencia de la Garantía del Equipo Movistar es menor al Plazo Forzoso contratado y le proporcionará al SUSCRIPTOR la información para gestionar las reparaciones directamente ante el fabricante una vez que la vigencia de la Póliza de Garantía haya vencido.

En caso de que el SUSCRIPTOR ingrese a servicio técnico el Equipo Movistar para hacer válida su Garantía, MOVISTAR suspenderá el cobro de los servicios de telecomunicaciones, durante el plazo que dure dicha reparación, excepto en los siguientes casos: (i) que se dé un Equipo en Préstamo para continuar utilizando los Servicios Móviles, que el fabricante del Equipo Movistar dictamine la improcedencia de la Garantía por vigencia o fallas imputables al SUSCRIPTOR o (iii) que MOVISTAR cuente con registros que demuestren el uso de la Línea Movistar durante dicho periodo.

OCTAVA. FACTURACIÓN DEL SERVICIO

Los cargos por los servicios provistos se facturarán a partir de que se dé la Activación del CHIP Movistar y, en su caso, el Equipo Movistar provisto le sea entregado al SUSCRIPTOR. La Factura que MOVISTAR emita al SUSCRIPTOR, cumplirá con todos los requisitos fiscales señalados en la normativa aplicable y además estará acompañada de un Estado de Cuenta que al menos incluirá lo siguiente:

  1. Ciclo de Facturación,

  2. Fecha Límite de Pago,

  3. Número de Cuenta que identifica al SUSCRIPTOR,

  4. Los cargos realizados por la prestación de Servicios de Telecomunicaciones y de otra índole provistos por MOVISTAR como son: (i) cargo mensual correspondiente al Plan Tarifario contratado, (ii) otros cargos mensuales recurrentes o de una sola ocasión correspondientes a Servicios Adicionales provistos por MOVISTAR,

  5. El Cargo Mensual por Equipo, en caso de contratación con Plazo Forzoso,

  6. Los cargos correspondientes a Servicios Adicionales provistos por Terceros,

  7. Cualquier ajuste que MOVISTAR haya realizado,

  8. Las referencias bancarias para realizar los pagos y

  9. Los datos para Consultas y Aclaraciones.

Adicionalmente, MOVISTAR puede utilizar de forma eventual la Factura como medio de notificación para enviar información importante para la prestación de los Servicios Móviles al SUSCRIPTOR.

La Factura será enviada de forma gratuita en el domicilio del SUSCRIPTOR con 10 (diez) días naturales de anticipación a la Fecha Límite de Pago. El SUSCRIPTOR podrá pactar para que, en sustitución de la obligación antes referida, pueda elegir otro medio de envío, mismo que quedará establecido en la Carátula del presente Contrato.

MOVISTAR estará facultada para suspender el Plan Tarifario originalmente contratado en caso de que a la Fecha Límite de Pago no se reciba pago alguno o exista un pago parcial que cubra al menos el monto de cobro correspondiente al Plan Tarifario. En este caso, dicho servicio no será reestablecido hasta en tanto no se liquide el adeudo pendiente por este concepto.

El SUSCRIPTOR podrá solicitar la aclaración de cualquier cargo contenido en la Factura que no reconozca, a través de cualquiera de los canales de atención disponibles establecidos en la Carátula del presente Contrato. MOVISTAR le otorgará un número de folio con el que podrá identificar dicha reclamación y darle seguimiento.

MOVISTAR contará con un plazo máximo de 15 días naturales para dar respuesta sobre la procedencia o improcedencia de la aclaración. En caso de que la aclaración resultara procedente, MOVISTAR estará obligado a devolver el monto del cargo reclamado en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir de la determinación de procedencia, as í como el 20% adicional sobre dicho monto por concepto de bonificación . Dicho ajuste se verá reflejado en la Factura correspondiente en el Ciclo de Facturación inmediato siguiente.

En caso de que la reclamación no resultara procedente y que el SUSCRIPTOR haya omitido el pago de dicho concepto, MOVISTAR le notificará lo anterior a fin de que el SUSCRIPTOR realice el pago de manera inmediata para evitar la suspensión de los Servicios por mora de pago.

NOVENA. MEDIOS DE PAGO

El SUSCRIPTOR podrá realizar el pago de sus Facturas, a través de los siguientes medios:

  1. Pago en Ventanilla: pago en efectivo, o con cargo a alguna tarjeta de débito o crédito en cualquier CAC o establecimiento autorizado, así como a través del *612.

  2. Cargo automático a la Tarjeta de Crédito (TDC) cuyos datos hubiera entregado el SUSCRIPTOR y que se encontrarán reflejados en la Carátula del presente Contrato.

  3. Domiciliación a cuenta CLABE o Cargo automático a la Tarjeta de Débito (TDD) cuyos datos hubiera entregado el SUSCRIPTOR y que se encontrarán reflejados en la Carátula del presente Contrato.

En el supuesto en que la TDC, TDD o Cuenta CLABE elegida como Medio de Pago por el SUSCRIPTOR sea cancelada o sustituida por otra, será obligación del SUSCRIPTOR proporcionar un nuevo Medio de Pago a MOVISTAR antes de la fecha de corte del Ciclo de Facturación corriente, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de pago.

Cuando por cualquier situación la Institución Emisora de la TDC o TDD rechace el cargo que MOVISTAR intente realizar, se ejecutarán hasta 2 (dos) intentos posteriores para que el cargo sea procedente. En caso de no proceder a más tardar en la Fecha Límite de Pago, se generará un cobro por gestión de cobranza a cargo del SUSCRIPTOR, mismo que se incluirá en la Factura del periodo siguiente, además de reflejarse el adeudo pendiente. Este cargo por gestión de cobranza también será aplicable a los SUSCRIPTORES que elijan Pago en Ventanilla y que en la Fecha Límite de Pago no lo realicen. Dicho cargo por gestión de cobranza no será inequitativo y se encuentra reflejado en la Carátula y registrado ante el IFT.

El SUSCRIPTOR podrá realizar modificaciones al Medio de Pago elegido, conforme a las siguientes reglas:

  1. Si el Medio de Pago fuere el cobro automático a una TDC, TDD o Cuenta CLABE, podrá sustituirla por otro medio.

  2. Si el medio de Pago fuere el pago en ventanilla, podrá modificarlo a cobro automático a TDD, TDC o Cuenta CLABE.

DÉCIMA. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO MOVISTAR suspenderá el Servicio, sin responsabilidad alguna de su parte en los siguientes casos:

  1. Por no cubrir en la Fecha Límite de Pago de la Factura inmediata anterior por lo menos el importe correspondiente al concepto del Plan Tarifario contratado;

  2. Por solicitud del SUSCRIPTOR, en caso de robo o extravío del Equipo, hasta en tanto no solicite su reactivación;

  3. Por falsedad en la autenticidad en los datos proporcionados por el SUSCRIPTOR a MOVISTAR;

  4. Por la realización por parte del SUSCRIPTOR de Prácticas consideradas como Prohibidas, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Décima Novena del presente Contrato;

  5. Porque se identifique la utilización de un Equipo Propiedad del Suscriptor no homologado;

  6. Por solicitud de autoridad competente con el objetivo de cesar la comisión de delitos.

MOVISTAR notificará al SUSCRIPTOR, a través de medios físicos, electrónicos y/o digitales que tenga disponibles, la suspensión realizada, así como el motivo por el cual se realizó. Una vez subsanada la causa de la suspensión, la reactivación de los Servicios Móviles se realizará en un periodo no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas.

El SUSCRIPTOR acepta que la suspensión no implica la terminación del Contrato, por lo que MOVISTAR continuará realizando los cargos por los servicios contratados de manera normal, así como el cargo mensual por Equipo Movistar que corresponda, por lo que deberá cubrirlos en tiempo y forma.

DÉCIMO PRIMERA. SUSPENSIÓN POR ROBO O EXTRAVÍO DE LA LÍNEA MOVISTAR Y/O EQUIPO TERMINAL

Será responsabilidad del SUSCRIPTOR realizar el reporte a MOVISTAR en caso de robo o extravío del Equipo Terminal con el que se utilicen los Servicios Móviles. Para tal efecto, MOVISTAR pondrá a disposición del SUSCRIPTOR medios telefónicos y electrónicos para realizar dicho reporte, mismos que se encuentran establecidos en la Carátula del presente contrato. Una vez generado el mismo, MOVISTAR procederá en forma inmediata a la suspensión de los Servicios.

MOVISTAR aplicará un ajuste del cobro proporcional de los Servicios contratados por un máximo de 10 días naturales seguidos a la generación del reporte y suspensión o por el tiempo que haya durado dicha suspensión en caso de ser menor, el cual se verá reflejado en el siguiente Ciclo de Facturación de los Servicios.

Adicionalmente, el SUSCRIPTOR podrá solicitar a MOVISTAR el bloqueo del Equipo Terminal proporcionando el IMEI para su inclusión en la lista de negra de equipos reportados como robados administrada por GSMA (por sus siglas en inglés), a efecto de que el mismo no pueda ser utilizado en la red de ningún proveedor de servicios móviles .

DÉCIMA SEGUNDA. CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO

El presente Contrato podrá darse por terminado por las siguientes causas:

  1. Por solicitud del SUSCRIPTOR:

    El SUSCRIPTOR tiene el derecho a solicitar la terminación del Contrato en cualquier momento, para ello podrá utilizar medios telefónicos, electrónicos y/o presenciales. Una vez realizada la solicitud, MOVISTAR le proporcionará un Folio y se procederá a cancelar la línea de forma inmediata, independientemente de la existencia de obligaciones de pago por cualquier saldo adeudado del SUSCRIPTOR.

    En caso de que la solicitud se realice durante la vigencia del Plazo Forzoso, MOVISTAR ejercerá la Pena Convencional señalada en la Cláusula Décima Tercera.

  2. Por causas atribuibles al SUSCRIPTOR:

    1. Falta de pago de 3 Facturas consecutivas;

    2. Por ejercer la portabilidad hacia otro Proveedor;

    3. Por muerte o fallecimiento del SUSCRIPTOR;

    4. Cuando proceda la disolución, liquidación o concurso mercantil del SUSCRIPTOR;

    5. Por ceder el Contrato sin previa autorización de MOVISTAR y

    6. Por la comisión reiterada de una o varias Prácticas consideradas como Prohibidas conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Novena del presente Contrato.

  3. Por causas atribuibles a MOVISTAR:

    1. Portabilidad fallida: El SUSCRIPTOR podrá solicitar la terminación del Contrato en caso de que haya solicitado su cambio de compañía hacia MOVISTAR y este no se haya realizado dentro de los plazos establecidos en las Reglas de Portabilidad por causas imputables a MOVISTAR. En este caso, MOVISTAR deberá realizar la devolución de todos los cargos que previamente le haya realizado correspondientes a Servicio y Equipo;

    2. Por modificar los términos y/o las condiciones pactadas en el Contrato sin previo consentimiento del SUSCRIPTOR;

    3. Cuando MOVISTAR no realice la compensación y bonificación por fallas a las que se refiere la Cláusula Décima Cuarta del Contrato, a más tardar dentro de los 2 (dos) Ciclos de Facturación siguientes y

    4. Cuando MOVISTAR no preste los Servicios Móviles contratados en la forma y términos pactados, ofrecidos o publicitados, así como con los índices y parámetros de calidad contratados o establecidos por el Instituto .

En cualquiera de los supuestos anteriores, el SUSCRIPTOR no estará obligado al pago de la Pena Convencional en caso de aplicar, sin embargo, lo anterior no lo exime de liquidar el remanente del costo total del Equipo Movistar, así como cualquier otro cargo pendiente de cobro al momento de la terminación .

Una vez que se presente la baja de la Línea Movistar por cualquiera de los supuestos contemplados en los numerales 1., 2, o 3. anteriores, MOVISTAR emitirá una última Factura en el siguiente Corte de Facturación en el que reflejará los siguientes cargos: i) cargos proporcionales por Servicios utilizados previo a la baja, ii) cualquier otro adeudo y iii) el costo remanente del Equipo Movistar así como la Pena Convencional, en caso de que la cancelación resultara en la terminación anticipada del Plazo Forzoso.

Asimismo, en dicha Factura se reflejará cualquier saldo a favor del SUSCRIPTOR que a esa fecha exista. Una vez realizada la consolidación correspondiente, podrán presentarse cualquiera de los siguientes escenarios:

  1. Que dicha Factura arroje un saldo a pagar por parte del SUSCRIPTOR. En este caso, será obligación del SUSCRIPTOR cubrir el saldo en la Fecha Límite de Pago de esa última Factura. En caso de no pago, MOVISTAR estará facultada para ejecutar la Fianza conforme a lo establecido en la Cláusula Décima Segunda, así como para reportar dicho adeudo ante las instituciones de análisis crediticios.

  2. Que dicha Factura arroje un saldo a favor del SUSCRIPTOR, que será devuelto por MOVISTAR a través del Medio de Pago que el SUSCRIPTOR haya elegido para el cobro de los Servicios, en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de que el SUSCRIPTOR lo solicite.

De conformidad con lo establecido en las Reglas de Portabilidad, el SUSCRIPTOR podrá solicitar a MOVISTAR la emisión de la Carta de Cancelación con la que podrá recuperar su número, en un plazo máximo de 40 días naturales contados a partir de la fecha de cancelación, para utilizarlo con cualquier otro proveedor de servicios de telecomunicaciones.

DÉCIMA TERCERA. PENA CONVENCIONAL

En caso de que la terminación del Contrato se actualice por cualquiera de las partes durante la vigencia de algún Plazo Forzoso, se aplicara una Pena Convencional. La cual puede ser el monto equivalente a 2 cargos mensuales del Plan Tarifario o bien, el 20% del monto total de los meses pendientes de facturar de renta mensual de Servicio relativos al Plazo Forzoso descrito en la Carátula del Contrato. En este supuesto de cancelación, Movistar aplicará a decisión del SUSCRIPTOR la Pena Convencional que resulte menor.

DÉCIMA CUARTA. OBLIGACIONES DE COMPENSACIÓN MOVISTAR estará obligado a compensar al SUSCRIPTOR en los siguientes supuestos:

  1. Por fallas en los Servicios Móviles cuando exista una determinación por parte del IFT respecto del incumplimiento de MOVISTAR a los parámetros establecidos en los Lineamientos de Calidad Móvil. MOVISTAR compensará al SUSCRIPTOR conforme a la fórmula que se acuerde con el IFT para realizar la compensación correspondiente.

  2. Por la interrupción total de la prestación de los Servicios Móviles por causas imputables a MOVISTAR, salvo en caso de interrupciones por periodos menores a 72 horas por caso fortuito o de fuerza mayor. En este caso, MOVISTAR compensará al SUSCRIPTOR la parte proporcional del cargo mensual del Plan Tarifario contratado por el tiempo que haya durado la interrupción.

  3. En caso de que MOVISTAR suspenda el servicio al SUSCRIPTOR por supuesta falta de pago de la Factura y que este si lo hubiere realizado en tiempo. MOVISTAR compensará al SUSCRIPTOR el monto proporcional al cargo mensual del Plan Tarifario contratado por el periodo que se hayan suspendido indebidamente los Servicios Móviles.

  4. En caso de Portabilidad fuera de plazo. Donde el SUSCRIPTOR podrá exigir a MOVISTAR una vez celebrado el Contrato, la compensación del monto proporcional del cargo mensual del Plan Tarifario, por los días de retraso en su cambio de compañía.

En todos los casos, MOVISTAR aplicará adicionalmente una bonificación del 20% sobre el monto de compensación resultante. Tanto la compensación como la bonificación correspondiente se verá reflejada y ajustada en alguno de los próximos dos Ciclos de Facturación.

DÉCIMA QUINTA. VIGENCIA

Este Contrato tendrá vigencia indefinida. En caso de que el SUSCRIPTOR adquiera en cualquier momento de su vigencia un Equipo Movistar en venta a plazos, se pactará un Plazo Forzoso de contratación para el cumplimiento de las obligaciones de pago correspondientes, mismo que será señalado en la Carátula.

MOVISTAR comunicará por cualquier medio disponible y fehaciente al SUSCRIPTOR con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, la conclusión del Plazo Forzoso al que estuviera sujeto, momento en el cual MOVISTAR dejará de cobrar el Cargo de Equipo correspondiente.

Una vez concluido el Plazo Forzoso la vigencia del presente Contrato será por tiempo indefinido respecto de la prestación de los Servicios en tanto el SUSCRIPTOR continúe usando y pagando los Servicios contratados originalmente, por lo que MOVISTAR estará facultado para continuar con el cobro de los cargos mensuales correspondientes al Plan Tarifario y a cualquier otro Servicio Adicional Propio o de Tercero que tenga contratado.

En caso de que durante la vida del Contrato y cuando ya haya fenecido el Plazo Forzoso originalmente comprometido, el SUCRIPTOR podrá solicitar a MOVISTAR la adquisición de un nuevo Equipo Movistar en venta a plazos, situación por la que MOVISTAR establecerá un nuevo Plazo Forzoso de contratación.

DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN MOVISTAR estará facultada para llevar a cabo la modificación de las condiciones de contratación contenidas en la Carátula, siempre y cuando lleve a cabo la notificación de dichos cambios, cuando menos con 15 días naturales de antelación a la aplicación de estos. MOVISTAR deberá dar dicho aviso, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. El SUSCRIPTOR estará en posibilidad de oponerse a dicho cambio de condiciones durante el Ciclo de Facturación siguiente a que haya sido aplicado. Asimismo, el SUSCRIPTOR podrá solicitar la terminación del Contrato en cualquier momento, lo que no lo eximirá del pago de cualquier adeudo, cobros proporcionales por cargos mensuales del Plan Tarifario y cualquier otro Servicio Adicional Propio y de Terceros contratado y utilizados.

En caso de que la modificación que se realice implique la reducción del precio o el aumento en la cantidad de servicios del Plan Tarifario, no será necesario que MOVISTAR realice el aviso al que se refiere el párrafo anterior.

MOVISTAR estará impedida para realizar cualquier modificación a las condiciones de contratación contenidas en la Carátula, durante el tiempo en que el SUSCRIPTOR se encuentre sujeto a un Plazo Forzoso, a excepción de que las mismas impliquen un beneficio para el SUSCRIPTOR.

DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL CLAUSULADO DEL CONTRATO MOVISTAR estará facultada para llevar a cabo modificaciones al presente clausulado o bien para sustituirlo por uno nuevo siempre y cuando obtenga la autorización y registro del contrato modificado por parte de la PROFECO. En este supuesto, MOVISTAR deberá llevar a cabo la notificación de dichos cambios al SUSCRIPTOR con al menos 15 días naturales de antelación a la aplicación de estos. El aviso que realice podrá ser notificado al SUSCRIPTOR a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra naturaleza disponibles.

En caso de oposición del SUSCRIPTOR a la aplicación de las modificaciones al clausulado, podrá exigir el cumplimiento forzoso del contrato bajo las condiciones en que se firmó el mismo, o contará con el derecho a solicitar la terminación del Contrato dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes al aviso, en el entendido de que si se encuentra sujeto a un Plazo Forzoso no le será aplicable el pago de la Pena Convencional correspondiente. En cualquier caso, el SUSCRIPTOR estará obligado al pago de cualquier adeudo, cobros proporcionales por cargos mensuales del Plan Tarifario y cualquier otro Servicio Adicional Propio y de Terceros contratado ya utilizados.

En caso de que MOVISTAR lleve a cabo alguna modificación al clausulado en cumplimiento de alguna disposición legal, reglamentaria o administrativa, o bien, por determinación de autoridad competente, no será aplicable el derecho de oposición del SUSCRIPTOR.

DÉCIMA OCTAVA. CESIÓN DE DERECHOS

Toda vez que algunos de los requisitos de contratación como lo son el establecimiento de las Garantías de Pago, así como la determinación del monto del costo del Equipo Movistar que el SUSCRIPTOR pagaría a plazos fueron establecidos conforme al resultado de la evaluación crediticia realizada sobre el SUSCRIPTOR; no estará permitida la cesión de los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior no implica que una vez terminado el Contrato el SUSCRIPTOR pueda ceder los derechos del número asignado en favor de un tercero para su utilización mediante un nuevo Contrato.

DÉCIMA NOVENA. PRÁCTICAS PROHIBIDAS EN LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS MÓVILES

Los Servicios Móviles provistos por MOVISTAR bajo el presente Contrato son para uso exclusivo de comunicaciones persona a persona sin fines de comercialización o venta, por lo que cualquier uso distinto al establecido en el presente Contrato facultará a MOVISTAR en un primer momento a suspender la Línea Movistar hasta por 30 días naturales, a fin de realizar el análisis respectivo y determinar si se deberá proceder a la terminación del Contrato.

A fin de que el SUSCRIPTOR conozca estas prácticas identificadas, Movistar pondrá a su disposición la página www.movistar.com.mx para poderlas consultar. En este sentido, Movistar declara que conforme a los términos y condiciones del Plan Tarifario dichas prácticas no son condiciones contrarias al Contrato.

En caso de detectarse que el SUSCRIPTOR incurre en cualquiera de las conductas señaladas, MOVISTAR se reserva el derecho de ejercer las acciones administrativas, civiles y/o penales que conforme a derecho correspondan; incluyendo, las correspondientes a la reparación de daños y perjuicios ocasionados a MOVISTAR, pudiendo en su caso, suspender o dar por terminado el presente Contrato.

VIGÉSIMA. NOTIFICACIÓN Y DOMICILIOS MOVISTAR y el SUSCRIPTOR señalan como sus domicilios los asentados en la Carátula para efectos de cualquier notificación que deba realizarse en los mismos. Por su parte, MOVISTAR pondrá a disposición del SUSCRIPTOR los Medios de Atención descritas en la Cláusula Primera para recibir notificaciones.

El SUSCRIPTOR deberá indicar a MOVISTAR un domicilio para efectos fiscales y/o correspondencia, el cual, quedará asentado en la Carátula y será válido para cualquier notificación. El SUSCRIPTOR deberá notificar a MOVISTAR cualquier cambio de domicilio, dentro de un plazo no mayor a 5 días naturales a partir de haber sucedido. En caso contrario, las notificaciones surtirán sus efectos en el domicilio primeramente señalado.

VIGÉSIMA PRIMERA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES

Los datos personales del SUSCRIPTOR serán tratados conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y las disposiciones que de ella emanen y serán protegidos de conformidad con el Aviso de Privacidad Integral el cual se puede consultar en www.movistar.com.mx. El uso de la información del SUSCRIPTOR para fines mercadotécnicos transferir la información del Suscriptor a terceros y de publicidad dependerá del consentimiento expreso establecido en la Caratula.

VIGÉSIMA SEGUNDA. CONSENTIMIENTO PARA PUBLICIDAD

El SUSCRIPTOR puede otorgar su consentimiento expreso a MOVISTAR dentro de la Carátula para que se le realicen llamadas y envío de información por medios digitales con fines mercadotécnicos y publicitarios propios y de terceros a su número telefónico.

En caso de que desee revocar su consentimiento, podrá realizarlo a través de los Medios de Atención. En este supuesto, MOVISTAR contará con un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la solicitud para detener el envío de esta información.

VIGÉSIMA TERCERA. USUARIOS CON DISCAPACIDAD

Con la finalidad de que los términos y condiciones comerciales establecidos en el Contrato, sean del conocimiento y alcance de las personas con discapacidad, MOVISTAR pondrá a su disposición personal capacitado para informarle los términos y condiciones con el objetivo de que tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones.

Adicionalmente, el Contrato estará disponible en www.movistar.com.mx página que cuenta con funcionalidades de accesibilidad en cumplimiento a la normativa emitida por el IFT.

VIGÉSIMA CUARTA. JURISDICCION, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS

Tanto MOVISTAR como el SUSCRIPTOR reconocen la competencia de la PROFECO en la vía administrativa y del IFT

respecto a la calidad de los servicios de telecomunicaciones, cada uno de conformidad con sus atribuciones expresas.

Asimismo, acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Competentes renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.

Una vez iniciado algún procedimiento conciliatorio ante la PROFECO, MOVISTAR no podrá interrumpir el Servicio Móvil prestado, en el entendido de que esto no exime al SUSCRIPTOR del cumplimiento de sus obligaciones de pago, salvo cuando se haya determinado su improcedencia.

El presente contrato fue celebrado por ambas partes en el lugar y fecha señalado en la Carátula.

Este modelo de Contrato de Adhesión, se encuentra registrado en la Procuraduría Federal del Consumidor , con el número 280-2019 de fecha 28 del mes de agosto de 2019.

Asimismo, el SUSCRIPTOR podrá consultar dicho registro en https://burocomercial.profeco.gob.mx/ca_spt/Pegaso PCS S.A. de C.V.!!Movistar 280-2019.pdf y en el siguiente código:

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